El jueves 5 de octubre de 1989 la Justicia dictó las condenas a los miembros del Movimiento Todos por la Patria que atacaron el regimiento de Infantería Mecanizada 3 "General Belgrano" de La Tablada. Un comando del MTP asaltó esa unidad del Ejército en la mañana del 23 de enero de 1989, supuestamente para abortar un golpe de estado que gestaban los carapintadas liderados por Mohamed Alí Seineldín. A continuación, la crónica de Ernesto Tenembaum publicada en Página/12.
TODOS A PRISIÓN, PENAS DIFERENTES
"Perpetua para once de los veinte acusados, agravada en los casos de Felicetti y Claudia Acosta. Puigjané recibió condena de 20 años de prisión y los restantes de 10 a 15 años. La Cámara penalizó asociación ilícita calificada, rebelión, usurpación de cuartel, tentativas de homicidio, robos y lesiones.
A ocho meses y trece días del ataque al cuartel de La Tablada, la Cámara Federal de San Martín condenó ayer a veinte de los acusados por el hecho, dio por probada la parte sustancial de la versión del copamiento ofrecida por la fiscalía en su acusación, pero disintió con ella en la distribución de responsabilidades penales y por ello no aplicó a todos los acusados la pena de prisión o de reclusión perpetua.
La parte resolutiva de la sentencia dividió a los acusados en tres grupos. A todos los que entraron al cuartel los consideró coautores penalmente responsables de los delitos de asociación ilícita calificada, rebelión, usurpasión de un cuartel, 11 homicidios doblemente agravados, 12 tentativas de homicidio, 3 robos agravados por su comisión con armas, 4 privaciones ilegítimas de la libertad, 3 lesiones graves y 8 lesiones leves. El grueso de los incursores -Miguel Ángel Aguirre, Luis Alberto Díaz, Isabel Margarita Fernández, Gustavo Alberto Mesutti, José Moreyra, Carlos Ernesto Motto, Sergio Manuel Paz, Luis Darío Ramos, Sebastián Joaquín Ramos, Claudio Néstor Rodríguez y Claudio Omar Veiga- recibió la pena de prisión perpetua, por lo que serán excarcelados bajo libertad condicional dentro de veinticinco años. Por su condición de integrante de la conducción del Movimiento Todos por la Patria, Roberto Felicetti fue condenado a reclusión perpetua más la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado. Claudia Beatriz Acosta, por razones que seguramente aclarará el tribunal cuando el próximo martes exponga los fundamentos de la sentencia, fue penada a reclusión perpetua y no a prisión perpetua como el resto de los incursores.
A los detenidos fuera del Regimiento 3 de Infantería -incluido el cura Antonio Puigjané- la Cámara los consideró coautores penalmente responsables del delito de asociación ilícita pero, y es en este punto donde difirió de la propuesta fiscal, sólo partícipes secundarios y no coautores del delito de rebelión y de los cometidos el día del ataque. Así el sacerdote recibió 20 años de prisión debido a que pesaba en su contra el haber sido integrante de la dirección del Movimiento Todos por la Patria.
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La sentencia fue leída en un clima de mucha tensión. La sala se llenó de periodistas y público apenas pasadas las seis de la tarde. En su ala derecha, tres files de cuatro asientos cada una estaban completas por uniformes verde oliva. En el ala izquierda se sentaron cuatro Madres de Plaza de Mayo. Los familiares de los detenidos que desde la mañana aguardaban la sentencia en un bar cercano a la Cámara, esta vez se perdieron entre el público. Lo mismo sucedió con la abundante cantidad de policías de civil que no faltaron a ninguna audiencia desde el 20 de julio. La defensa fue la primera en entrar a la sala. La doctora Guinzburg intentaba contener a sus defendidos con guiños y palmadas, el doctor Chamorro caminaba y el doctor Rojas Salinas se sentó con los procesados más jóvenes. A las 6.15, el letrado Eduardo Salerno cruzó la Cámara, miró a sus colegas y batió dos veces las palmas. Era el aviso de que estaba por entrar la fiscalía, con sus tres cabezas y todos sus ayudantes -siete hombres y dos mujeres- menos un secretaria. A las 6.20, el secretario de la Cámara, Juan Pérez, pidió a la sala que se pusiera de pie, entraron los tres jueces y comenzó la lectura del veredicto. Cuando Hugo Fossati, presidente del tribunal, terminó la pieza, la sala comenzó lentamente a desconcentrarse. Los ya condenados se abrazan, aparentemente distentidos, con sus defensores. Los familiares fueron discretos en sus manifestaciones. Sólo en la sala de los defensores se pudo ver algunos desgarrados. El abogado Héctor Noli explicó que 'nuestros defendidos esperaban esta sentencia, era previsible aunque injusta'. Eduardo Barcesat la calificó de 'lamentable humana y jurídicamente'. Por su parte, el fiscal Raúl Plee anunció que la apelará 'fundamentalmente en lo que se refiere a Puigjané. Si en los fundamentos se considera probado que sabía a dónde llevaba a los hermanos Veiga merece más de veinte años'.
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En principio, los jueces se manifestaron convencidos de que el 23 de enero no hubo ningún intento de defender la democracia, sino una simulación de un golpe de Estado para intentar tomar el poder político. 'No se ha rendido ninguna prueba idónea respecto del pretendido movimiento militar por el que los acusados sostienen haber ingresado al regimiento', señalaron. La Cámara considera también probado que para llegar al copamiento los procesados formaron una asociación ilícita y que, como parte de los roles distribuidos en ella, compraron armas, alquilaron quintas de entrenamiento y falsificaron documentos.
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Finalmente, los jueces consideraron lícito que el ex presidente Raúl Alfonsín ordenara al Ejército recuperar uno de sus regimientos, explicaron que no se apoyaron en ninguna prueba aportada por la inteligencia militar, respondieron a la defensa que el cercenamiento de la causa no obedece a una decisión de silenciar los ilícitos cometidos en la rebelión sino a que la Ley de Defensa de la Democracia aplica el juicio oral solamente a los delitos de asociación ilícita y rebelión, y envió al juzgado federal de Morón los alegatos de los defensores Raúl Schnabel y Antonio Rojas Salinas para que se investigue su eventual desacato".
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